LA EQUIDAD EN LAS PENSIONES ALIMENTICIAS


             AUTORES:

                Huaman Irigoin, Jhefer Eliel    

                Godoy Rojas, Angell Ernesto Eros.


LA EQUIDAD EN LAS PENSIONES ALIMENTICIAS

En la actualidad la desigualdad entre géneros es muy notable, causada por distintos estereotipos que ha planteado la sociedad a lo largo del tiempo, pero ¿Existe desigualdad parental entre géneros en las pensiones alimenticias? una de las maneras de identificar un problema de desequilibrio parental en estas, es tomar en cuenta las áreas socioeconómicas, jurídicas y la educación. Así, se pretende buscar una equidad a través de los distintos ámbitos anteriormente mencionados, para incitar a reflexionar sobre la importancia de su igualdad. Las pensiones alimenticias deben tener igualdad parental de género, para ello debemos tener en cuenta la importancia de una correcta educación de género es esencial para un proceso adecuado de manutención infantil, de esta manera poder comprender y también aplicar los principios de igualdad y justicia de género, garantiza que las decisiones sobre la asignación de recursos sean justas y no discriminatorias. Esto ayuda a garantizar el trato justo de padres y madres y la satisfacción equitativa de las necesidades de los niños, contribuyendo a la creación de una sociedad más igualitaria y justa.

Para entender la equidad de género parental en las pensiones alimenticias, debemos comprender su concepto, Reboll et al. (2012) este ámbito hace referencia a la defensa e igualdad que debe existir entre hombres y mujeres, sin excepción de derechos y privilegios, para lograr una justicia y cohesión social entre ambos sexos. Uno de los temas más importantes en el ámbito social es la educación, que es la base en la formación del pensamiento en una familia. Distintos análisis concluyen que existe una diferencia de género basada en la educación que brindan las madres en el hogar, algunos resultados obtenidos en una ciudad de México por Aguilar, et al. (2018) indican tres tipos de madres que perciben un ingreso bajo. El primero, donde las mamás se dedican solamente al cuidado del hogar, fomentan una educación con estereotipos inequitativos hacia sus hijos. El segundo tipo de madres que tienen un ingreso económico independiente brindan una educación más abierta en cuanto a equidad de género. Y el tercer tipo que tienen un negocio propio o familiar, demuestran dar una educación con mayor desigualdad a sus hijos. Existen distintos estereotipos que indican que las mujeres tienen una brecha salarial que les impide ser económicamente equitativas a los hombres. Un economista llamado Javier Milei argumenta que, de ser así las empresas optarían por contratar solamente a mujeres, ya que estas necesitan lucrarse con más trabajadores a un menor gasto en remuneraciones hacia sus trabajadores, por lo que deduce que no existe una brecha salarial entre géneros (Milei, 2022). En cuanto a las leyes, todos somos iguales sin importar el género, raza, etnia y cultura; en las empresas también se busca el mejor servicio al menor costo, por lo que no se explica la teoría de que las mujeres por su condición de género ganen menos (Milei 2022). Además, la ley peruana interpreta a los alimentos como indispensables para la vida, a su vez protege el bien jurídico de manera que la pensión alimenticia es una de las formas más comunes de preservarla. (Código Civil Peruano [CC] 1984. Artículo 481). Por lo que las diferencias de ingresos, igualdad de derechos y educación entre géneros en los padres existen, y se observan disparidades en la educación que brindan las madres como en la brecha salarial entre géneros, aunque algunos economistas argumentan en contra de esta brecha. Las leyes buscan la igualdad y la pensión alimenticia protege el bienestar de los hijos.

Las pensiones alimenticias tienen distintos factores que afectan el bien de los demandados y demandantes, una de ellas es la igualdad de género que debe haber entre los padres, pero no existe una equidad como tal. En el Perú, existen estrictas normas jurídicas en cuanto a las pensiones, una de ellas es la del Código Civil Peruano (1984) Artículo 481, que habla sobre los criterios para fijar alimentos en proporción de las necesidades de quien los pide, y las posibilidades del que debe darlos, atendiendo a las circunstancias de ambos padres, aclarando igualdad económica en ambos padres. Según Carhuapoma, (2015) algunos padres demandados por pensión alimenticia aún viven en la desigualdad con su expareja, ya que reciben nula o mínima protección por parte del estado y la legislación peruana, de esta manera muchas veces el juez se guía por estereotipos de géneros para dar así su veredicto. En la sociedad han existido tradicionalmente estereotipos de género, que han dividido las actividades desigualmente por sexos, a las mujeres se les otorgó el hogar y el cuidado de los hijos, mientras que los hombres tienen el papel de sustento económico de la familia y jefes de la casa (Aguilar, 2018). Esto ha ocasionado que en la actualidad se presente una división social de tareas de acuerdo al sexo. Según Anzorena (2008) esto puede ser entendido como “prohibición de tareas según el sexo” y esto alude a distintos procesos históricos y culturales que prohibieron los varones a las mujeres con tareas de alto prestigio a pesar de que nada les impedía hacerlo, más que mantenerlas en relación de subordinación. La desigualdad de género está muy presente tanto en las pensiones alimenticias como en la sociedad y el trabajo, debido a distintos estereotipos que se plantearon a lo largo de la historia. Existe una brecha de género en el ámbito laboral, donde las mujeres enfrentan desventajas y discriminación en términos de salarios y oportunidades profesionales, esta desigualdad también se refleja en las pensiones alimenticias donde las mujeres suelen recibir montos inferiores en comparación con los hombres.

En síntesis, la realidad actual revela disparidades sociales y salariales de género alarmantes que conducen a desigualdades significativas en los pagos de pensión alimenticia. Sin embargo, tanto la ley como la investigación realizada respaldan la opinión de que estos intereses deben ser iguales. El hecho de que existan tres tipos de madres que dan una educación igual, desigual o neutra a sus hijos demuestra que es posible lograr un sistema equitativo. Por lo tanto, es importante apuntar a la igualdad de género entre los padres cuando se trata de la manutención de los hijos. Solo así podremos construir una sociedad justa y equilibrada en la que los niños se beneficien en su crecimiento y bienestar de la contribución igualitaria de sus padres

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REFERENCIAS

Aguilar, M et al. (2018) Independencia del ingreso económico materno y su relación con la socialización de género con sus hijos o hijas. Universidad Autónoma de Baja California. https://www.redalyc.org/journal/694/69464706002

Anzorena, C (2008) Estado y división sexual del trabajo: las relaciones de género en las nuevas condiciones del mercado laboral (13) 11 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=27904103

Carhuapoma, K (2015) Las sentencias sobre pensión de alimentos vulnera el principio de igualdad de género del obligado en el Distrito de Ascensión [Tesis de Grado, Universidad Nacional de Huancavelica]Alicia https://alicia.concytec.gob.pe/vufind/Record/RUNH_2d2dd97171ec1ab9d7bc11f0600bf88f

Código Civil Peruano [CC] (1984) Artículo 472 [Capítulo I Alimentos y Bienes de Familia] Congreso de la República.

Código Civil Peruano [CC] (1984) Artículo 481 [Capítulo I Alimentos y Bienes de Familia] Congreso de la República.

Milei, J (2022) Javier Milei le explica a feminista la brecha salarial de género [Video] YouTube https://www.youtube.com/watch?v=fL13DBGZOIg&ab_channel=ClipsdeMilei



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